El Boletín oficial de la provincia publica hoy la aprobación definitiva de de la ordenanza de Veladores y Terrazas

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la instalación de terrazas y veladores, cuyo texto íntegro se hace público en el boletín oficial de la provincia.

La proliferación de este tipo de instalaciones es notable desde la entrada en vigor de la prohibición de fumar en los bares y establecimientos similares. La ordenanza detalla en que circunstancias y como se pueden instalar las terrazas y veladores.

La ordenanza contempla que no podrán colocarse terrazas ni veladores en aceras o espacios peatonales que tengan una anchura inferior a dos coma veinte metros (2,20 m.) Quedan asimismo prohibidas este tipo de instalaciones, frente a pasos de peatones, plazas de aparcamiento de personas con discapacidad, salidas de emergencia, paradas de autobuses, cabecera de aparcamiento de taxis, contenedores de vidrio, cartón, basuras, salida de vehículos, hidrantes, etc.

Las normas específicas, prohibiciones o sanciones, así como la normativa para zonas como el Casco antiguo están recogidas en el texto publicado hoy. Este es el acceso al texto integro de la ordenanza.