Sigue adelante la denuncia contra la edil Bejarana y Procuradora de la Junta de Castilla y León del Partido Popular, Purificación Pozo

Tal y como ha conocido El Correo de Béjar, la Audiencia Provincial de Salamanca manda proseguir con la actuaciones judiciales a fin de determinar la culpabilidad de la edil del Ayuntamiento de Béjar y Procuradora en la Cortes de la Junta de Castilla y León, con motivo de las declaraciones del pasado 27 de Agosto de 2010 donde Purificación Pozo acusaba directamente a dos funcionarias por contrataciones ilegales dentro del propio Ayuntamiento.
En dichas declaraciones Purificación Pozo acusaba a la Trabajadora Social y a la Secretaria personal del anterior Alcalde de haber preguntado directamente a una persona “a quién vota usted” antes de realizar la contratación. Ante estas declaraciones públicas las dos funcionarias pusieron una demanda judicial en manos del Juzgado de Instrucción Nº1 de Béjar que dictaminó en primera instancia el sobreseimiento del caso. No obstante las dos funcionarias aludidas interpusieron un recurso que ha sido admitido por la Audiencia Provincial de Salamanca que ha ordenado la continuación de las diligencias para esclarecer los hechos diciendo que “conviene practicar al menos las diligencias mínimas indispensables para esclarecer los hechos y los autores”.
Cabe recordar que la actual edil del Partido Popular ahora en el Gobierno municipal y Procuradora en Cortes en Valladolid, aseveró en dicha rueda de prensa que en las pruebas de selección ciertos funcionarios preguntaban a algunos candidatos el voto electoral antes de ser seleccionados.
Por tanto la actuación judicial prosigue adelante por mandato de la Audiencia Provincial que ha ordenado:

“Estimar el recurso de apelación interpuesto por las denunciantes, con revocación del auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 1 de Béjar en fecha 4 de noviembre de 2.011, acordar la continuación de las Diligencias Previas a fin de que se proceda a la práctica de las diligencias de investigación solicitadas en su escrito de fecha 28 del anterior mes de octubre, declarando de oficio las costas causadas en esta segunda instancia”.