El alcalde de Lagunilla dice que la contratación del concejal del PP es legal

El alcalde de Lagunilla asegura que son mentira los hechos denunciados por el PSOE relativos a la contratación de un concejal del PP por el ayuntamiento de Lagunilla, información esta que fue acompañada por el contrato referido. El edil asegura reservarse las medidas legales oportunas contra quienes difundieran información personal relativa al caso y se ha dirigido a los medios de información por medio de un comunicado. 

En el comunicado firmado por el edil de la localidad, del que al igual que hicimos con el difundido por  el PSOE de Salamanca, nos hacemos eco y adjuntamos íntegro, se asegura que la contratación se realiza en base a una ayuda de la junta, coofinanciada con el fondo social europeo y recuerda parte de las condiciones de contratación de esta ayuda. El alcalde asegura que se solicitó informe al Servicio de Asistencia de Municipios de la Diputación Provincial de Salamanca sobre la incompatibilidad de la contratación. En su respuesta, la Diputación  se remite a la junta electoral, en cuyo informe el gobierno de Lagunilla no aprecia ilegalidad. 

En cambio es la propia legislación autonómica la que en su  norma impide la contratación al concejal. "No serán subvencionables las contrataciones realizadas con personas que sean  miembros de alguna Corporación Local, en los casos en que se incurra en alguno de los supuestos de incompatibilidad previstos por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local" . Tal y como se recoge de forma específica en la convocatoria para la concesión de subvenciones a Entidades Locales, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo. 


El alcalde asegura que la contratación está justificada y exige una rectificación a la información en la misma medida que ésta fue ofrecida. Este es íntegro el comunicado qeu el edil ha remitido a los  medios de comunicación.


No soy persona experta en periodismo, pero siempre me ha parecido que el primer requisito de la información, si quiere ser eso, es decir, información, y no vulgar panfleto, es la de contar la verdad. Se también que no hay peor mentira que una media  verdad, y eso es lo que a mi criterio se ha hecho hace unos días al informar de la contratación ilegal de un concejal del ayuntamiento de Lagunilla sin contrastar en ningún momento la información y dando veracidad a una opinión sesgada y parcial, a no ser que se entienda que es más reputada la opinión de una concejala socialista de Lagunilla o de algún diputado provincial que de nada menos que la Junta Electoral Central en Pleno.

Empezando por el principio, no es verdad lo que se ha publicado. Mejor dicho, es mentira. Los hechos producidos en mi ayuntamiento son los siguientes:
El martes 14 de junio de 2011 tiene entrada en el Registro municipal del Ayuntamiento de Lagunilla  la Resolución del Servicio Público de Empleo de Castilla y León, por que se aprueba la concesión de una subvención al de 6.870’56 €uros cofinanciada en su totalidad entre la Junta de Castilla y León (20%) y el Fondo Social Europeo (80%), para la contratación de un trabajador desempleado para la realización del Proyecto “Programa energético Municipal. Energía inteligente de Lagunilla”. Como requisitos a cumplir por el Ayuntamiento se establece entre otros:
-    Plazo límite para la ejecutar el Proyecto el último día del año (31/12/2011).
-    Duración mínima de la contratación seis meses (resultando que el trabajador debía iniciar la contratación el 1 de julio de 2011)
-    Realizar un contrato del de Interinidad, modelo de contrato de duración determinada  (de 1 de julio a 31 de diciembre de 2011) 
-    El trabajador que se contrate debía estar desempleado de inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León, amén de poseer la titulación técnica que le habilitara para la realización del objeto del Programa

Rápidamente se envia la Oferta de trabajo a la Oficina de Empleo de Bejar, para que seleccionen los candidatos idóneos y remitan la relación resultante. Se remite como único candidato idóneo, a D. Carlos Blanco Garrido, que se presentaría el viernes 24-06-2011 en las oficinas municipales.

El mismo día que se tiene conocimiento de que el único candidato seleccionado reúne la condición de concejal, se solicita Informe al Servicio de Asistencia de Municipios de la Diputación Provincial de Salamanca sobre la incompatibilidad que establece el artículo 178.2.b) de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General cuando se refiere a “funcionarios o restante personal en activo del respectivo Ayuntamiento…” Se quería consultar si existían matizaciones a dicho artículo 178.2.b), o por el contrario debíamos renunciar a la subvención, sabiendo que no existe Jurisprudencia del Tribunal Supremo que avale la interpretación de la Norma en el sentido de considerar compatible con la condición de Concejal la suscripción de contratos laborales con el Ayuntamiento que cumplan determinados requisitos, como así se informó por la secretaria municipal.

Es objetivo de este Ayuntamiento el reducir los costes generados por la contratación externa del servicio de mantenimiento de instalaciones de alumbrado. Recordar que en la actualidad se está abonando una deuda en horas de mantenimiento de los servicios de un electricista de 13.000 €uros generada en la legislatura 2003-2007. Ha sido vital para éste Ayuntamiento hacer una gestión eficaz para ir poniendo en claro los disparates que se heredaron en 2007. No se quiere aquí irse al pasado para justificar el presente. Es que, por desgracia, en éstos momentos se están finalizando las obras de uno de esos disparates que se heredaron.

Pero, como dice el dicho, se ve la paja en el ojo ajeno y no la viga en el propio.

El viernes 24 de junio de 2011, se nos remite desde la Diputación la doctrina consolidada de la Junta Electoral Central, con el matiz de que aun siendo interpretación doctrinal, es el órgano que tiene entre sus competencias la de resolver con carácter vinculante las consultas que le eleven … La consulta de sesión 28/01/2010 que establece los requisitos requeridos por la Junta Electoral Central para considerar la contratación laboral compatible con la condición de concejal, establece:
1.- Que el interesado no se incorpore a la plantilla de personal del Ayuntamiento. La plantilla de este Ayuntamiento no se incrementa con nuevos puestos de trabajo.
2.- Obras de corta duración (el contrato que se celebra tiene una duración temporal  de 6 meses, con fecha de fin a 31 de diciembre de 2011.)
3.- Financiación con fondos ajenos al Ayuntamiento. El proyecto está cofinanciada en su totalidad entre la Junta de Castilla y León (20%) y el Fondo Social Europeo (80%).
Estos son los hechos verídicos y que se pueden documentar no en palabras y bulos sino en papales. Como también es un hecho que la única concejala del grupo socialista en Lagunilla ha tenido puntual conocimiento e información de todo ello. Como también es un hecho que la misma persona ha tenido en sus manos el contrato suscrito porque, evidentemente, nada hay que ocultar. Y también es un hecho que ese contrato, con los datos personales de un vecino, que además es concejal, se ha publicado, provocando unos perjuicios que derivarán en la correspondiente petición de responsabilidad. Y también es un hecho que en el contrato aparece el número de teléfono desde donde se ha remitido a los medios de comunicación: grupo provincial socialista de la Diputación Provincial de Salamanca. ¿Es ese el uso de la diputación que defiende el grupo socialista? ¿Qué opinión le merecería a la concejala socialista del ayuntamiento de Lagunilla si viese publicado su número de carnet de identidad o de afiliación a la seguridad social en Internet? ¿Se han parado a pensar las consecuencias que ello puede tener para el afectado? Está claro que no. ¡Triste y pobre manera de hacer política!

Por todo lo anterior entiendo que queda plenamente justificada la decisión de realizar la contratación, que debía formalizarse antes del viernes siguiente 1 de julio de 2011, por exigencias de la subvención.”

Esperando queden aclaradas las razones de la actuación municipal, pongo a su disposición toda la documentación que requiera y que avala lo expuesto, para EXIGIR:
1º) Rectifiquen la información que se vierte sobre la contratación realizada, en la que utilizan términos tales como de “desvergüenza política y una tomadura de pelo a los vecinos”, “carecer de toda ética política”, “irregularidad legal”, los cuales a su vez ocasionan una respuesta airada de los lectores, empleando insultos, descalificaciones etc. …tal y como establece la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, sobre el Derecho de Rectificación (LODR), por entender que los hechos a los que alude su periódico son inexactos y su divulgación ha producido graves perjuicios a las personas implicadas (el Sr. Alcalde y el Concejal ) y dañado la imagen de la gestión municipal. 
2º) Se publique la contra versión de los hechos, con idéntica relevancia dentro de los 3 días siguientes a la recepción del presente escrito.

En Lagunilla a 14 de noviembre de 2011.

EL ALCALDE  DE LAGUNILLA.-   Fdo: José Mª Garrido Domínguez