@IUBejar solicita al Juzgado que tenga por “no ejecutada la Sentencia del sueldo del concejal Alejandro Romero Castelani”

IU considera que el acuerdo del Pleno del mes de octubre es manifiestamente contrario a lo señalado en el fallo de la Sentencia. El grupo  identifica en su demanda ejecutiva a Alejo Riñones como órgano responsable de la no ejecución voluntaria y solicita la baja forzosa de Alejandro Romero en la Seguridad Social así como el embargo de las cantidades indebidamente cobradas.

Alejandro Romero junto al alcalde, Alejo Riñones, PEdro ManuelEstebanyPurificación Pozo



@IUbejar. El edil de Izquierda Unida avisó y el abogado de la coalición cumplió ayer la advertencia: IU ha solicitado al Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Salamanca que tenga por “no ejecutada” la Sentencia del pasado 2 de septiembre, que anuló el acuerdo de julio de 2011 por el que se reconoció a Alejandro Romero Castelani la dedicación exclusiva y se le concedió idéntico sueldo que el que cobraba como funcionario del Ayuntamiento.
La clave, explican desde IU, es que el Ayuntamiento ha optado por la “convalidación” y la “subsanación” de algo que ya no es posible ni convalidar, ni subsanar: un acto anulado por el Juzgado.


“La treta” –como así la define IU- supondría evitarle al edil afectado por la Sentencia, la devolución de cantidad alguna, así como que durante los días que hubieran transcurrido entre la Sentencia y el nuevo acuerdo plenario, D. Alejandro Romero se hubiera quedado sin sueldo –y sin poder regresar a su anterior trabajo, porque no es compatible con ser concejal-.
El Tribunal Supremo ha reiterado en más de un pronunciamiento que el límite para que la Administración pueda subsanar y convalidar un acuerdo (cuando repara que no es del todo legal) es la propia anulación por parte de un Juzgado. A partir de ese momento, el acto no es revisable porque al haber sido anulado por el Juzgado “desaparece, no existe” y la Administración debe dictar uno nuevo. En caso de que el Ayuntamiento de Béjar hubiera optado por esta solución, D. Alejandro habría dejado de cotizar entre el 2 de septiembre y el 17 de octubre, y de haber percibido sueldo por ese mes y medio, debiera haberlo devuelto.
Sin embargo, ahora la situación se torna mucho más enrevesada: si el Juzgado –en unos meses- resuelve en el sentido solicitado por IU, el lapso desde la Sentencia hasta que el Pleno ejecute la Sentencia será mucho mayor, y por tanto mucho mayor la cuantía a devolver por Alejandro Romero Castelani, así como el tiempo que habrá de restarse a sus cotizaciones. Igualmente, para entonces, el Ayuntamiento puede encontrarse con los reparos que formule la Seguridad Social por una baja retroactiva completamente extemporánea.
Por ello, IU identifica a Alejo Riñones y, subsidiariamente, a toda la Junta de Gobierno Local, como responsables de llevar a cabo la ejecución de la Sentencia (y de todas sus consecuencias):
-       Exigir la devolución de sueldos indebidamente percibidos
-       Exigir la baja retroactiva en la Seguridad Social
-       Comunicar a la Intervención municipal que deje de abonar sueldos y salarios a D. Alejandro Romero
-       Comunicar a D. Alejandro Romero que su cargo ha dejado de desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva hasta nuevo acuerdo del Pleno.
IU pedirá al Juzgado que, si pasados veinte días, el Alcalde o la Junta de Gobierno no llevan a cabo las anteriores medidas, se les impongan multas diarias.