Ociodiscap Premysa pone en marcha una campaña solidaria de donaciones a beneficio del programa Ociodiscap.
La campaña trata de recabar la aportación voluntaria de las personas sensibilizadas con esta iniciativa que durante 7 años ha atendido a centenares de personas con discapacidad de las Comarcas de Béjar, Sierra de Francia y Valle del Ambroz.
Las aportaciones voluntarias son muy importantes para el mantenimiento del programa. En este sentido el programa Ociodiscap ha establecido un número cuenta al q se acede por medio del formulario de donación que acompaña a esta información. Cabe destacar que los donativos son deducibles de impuestos.
Finalidad del donativo
Siendo de vital importancia para contribuir a la integración social normalizada de las personas con discapacidad en el territorio rural en el que actúa, Fundación Premysa, desarrolla el Programa Ociodiscap, Ocio y Tiempo Libre para personas con Discapacidad, del cual se benefician un total de 117 personas de forma directa y más de 200 de forma indirecta.
Las aportaciones se destinan íntegramente a sufragar el mantenimiento del programa OCIODISCAP en la anualidad 2014, programa que Fundación Premysa viene desarrollando de forma continuada desde la anualidad 2006.
Un programa valorado como necesario e imprescindible por los CEAS, Servicios Sociales de e Base, Centros Colaboradores, Familiares y afectados. Ociodiscap ofrece a los participantes a alternativas para el disfrute y aprovechamiento de su tiempo libre y el de sus familias, a través de actividades formativas, deportivas, culturales y lúdicas, con el fin de procurar mejorar la calidad de vida, la autogestión y autodeterminación de las personas con discapacidad, y al mismo tiempo como apoyo, ayuda y respiro a los familiares de las mismas.
Una vez registrado como donante tendrá derecho a recibir semanalmente el boletín informativo digital con toda la información relacionada conel programa y el resto de actividad social de la Fundación. De forma anual, los donantes recibirán la memoria de actividades desarrolladas con el programa Ociodiscap.
Cualquier persona física a o jurídica, institución puede ser donante. Cabe destacar que la Ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de entidades sin fines de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo, establece importantes desgravaciones.
Efectos impositivos:
•Personas físicas: En el impuesto sobre la renta de las personas físicas, los donantes tienen derecho a deducir de la cuota íntegra el 25% d de los donativos, donaciones o aportaciones.
•Personas jurídicas: en el impuesto sobre sociedades tienen derecho a deducir de la cuota íntegra el 35% de la cantidad donada. La base de esta deducción no podrá exceder del 10% de la base imponible del periodo o impositivo. Las cantidades que excedan de ese límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
TRATAMIENTO
Fundación Premysa entrega a los donantes un certificado con la información exigida en el artículo 24.3 de la ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de entidades sin fines lucrativo os y de los incentivos fiscales al mecenazgo.