"Algo sucede en San Bartolomé de Béjar" El Defensor del Pueblo admite a trámite la denuncia de los vecinos

Tal y como publicaba recientemente El Correo de Béjar, algunos vecinos de la localidad de San Bartolomé de Béjar realizaban una denuncia pública que se saldaba con una interesante actividad, la de invitar a la ciudadanía a “tomar unas cañas” en el bar de la localidad para apoyar a su adjudicataria.


fachada del ayto de san bartolome de bejar


En esta denuncia pública, entre otras, se daba a conocer la modificación de las tasas del precio del agua en la localidad hasta 5 veces en poco más de año y medio. También que en un concurso infantil, durante las fiestas locales el Ayuntamiento denegó premio a varios participantes, anunciando públicamente que sus padres no habían satisfecho las tasas pendientes. 


De la misma manera, la Oficina del Defensor del Pueblo ha tenido en cuenta las referencias al presupuesto corriente del consistorio, la Oficina del Defensor del Pueblo tramitará la investigación sobre los importes consignados en las partidas correspondientes al bar, de titularidad municipal. 

En la denuncia de los vecinos también se hacía constar que uno de los concejales afirmó que las solicitudes de información relacionadas con el presupuesto nunca serían atendidas, de hecho nunca les han sido facilitadas a quíen las ha pedido.
 

Por estas razones y analizando el contenido de la denuncia, el Defensor del Pueblo ha considerado admitir a trámite y por tanto indagar de forma preliminar los hechos denunciados. Por esta razón has solicitado al Ayuntamiento de San Bartolomé de Béjar la remisión información relacionada con los hechos denunciados.
 

El Defensor del Pueblo es el Alto Comisionado de las Cortes Generales encargado de defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos mediante la supervisión de la actividad de las administraciones públicas.
 

El Defensor del Pueblo es elegido por el Congreso de los Diputados y el Senado, por una mayoría de tres quintos. Su mandato dura cinco años y no recibe órdenes ni instrucciones de ninguna autoridad. Desempeña sus funciones con independencia e imparcialidad, con autonomía y según su criterio. Goza de inviolabilidad e inmunidad en el ejercicio de su cargo.